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Agroindustria rechazó declaraciones juradas de exportación por casi un millón de toneladas a cerealeras y aceiteras


Este viernes mediante el Boletín Oficial, la Secretaría de Agroindustria rechazó Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) por 970.000 toneladas de productos y subproductos, las cuales habían sido realizadas los últimos días de agosto, previo al anuncio del nuevo esquema de derechos de exportación (DEX). Aproximadamente dos meses atrás, ante la decisión inminente del regreso de…


Este viernes mediante el Boletín Oficial, la Secretaría de Agroindustria rechazó Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) por 970.000 toneladas de productos y subproductos, las cuales habían sido realizadas los últimos días de agosto, previo al anuncio del nuevo esquema de derechos de exportación (DEX).

Aproximadamente dos meses atrás, ante la decisión inminente del regreso de las retenciones, 111 empresas declararon el 30 y 31 de agosto ventas al exterior correspondientes a los días 29 y 30 del mencionado mes. En este sentido, cabe aclarar que las DJVE se hacen al día siguiente del cierre de la venta, y en aquellos días, las ventas habrían sido por 8,2 millones de toneladas.

Debido a un incremento llamativo en el flujo habitual del volumen y número de DJVE los días 30 y 31 de agosto, Agroindustria solicitó a los exportadores que presenten ante la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios la documentación que acredite la tenencia de la mercadería con anterioridad al pasado 3 de septiembre, día en que se anunciaron las nuevas retenciones.

Los motivos del rechazo

En relación a la primera tanda de DJVE analizadas, el subsecretario de Mercados Agropecuarios, Jesús Silveyra en diálogo con Infobae explicó: «De las 111 empresas, hasta el momento hemos terminado el análisis de 29, de las cuales: 4 empresas se pide a la AFIP que se anulen las DJVE porque no contestaron a ninguno de los requerimientos; 8 demostraron la existencia de la mercadería, tienen bien las cosas; y 17, muestran inconsistencias tanto respecto a la tenencia o adquisición de la mercadería como en el tema de los contratos de venta al exterior respecto a los cierres de venta que declaran en la DJVE».

(Télam)

(Télam)

Según precisó Silveyra, en el caso de la falta de tenencia o adquisición de mercadería de acuerdo a lo que dice Ley 26.351 se le debe aplicar el pago de la alícuota de los DEX según el decreto 793/18, es decir, el nuevo esquema de DEX anunciado en septiembre.

En tanto, indicó que «en el caso de las operaciones que presentaban inconsistencias o incongruencias entre las fechas que declaran el cierre de venta y los contratos de venta, se le pide a la sección Aduana de la AFIP que anulen esas declaraciones, y en el caso de que se haya embarcado parte o toda la mercadería, se le cobre la alícuota correspondiente».

Al ser consultado sobre los primeros resultados, Gustavo Idígoras, presidente de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA) y del Centro de Exportadores de Cereales (CEC), resaltó: «Todas las empresas socias de CIARA respondieron a las dos pedidos de información de Agroindustria. Entendemos que la subsecretaria de mercados está haciendo los análisis correspondientes y sacando las conclusiones».

No obstante, Idígoras aclaró: «En aquellos casos que las empresas consideren que están mal realizados los análisis tienen los recursos administrativos para presentarse y objetar esas decisiones». Con respecto a las DJVE rechazadas correspondientes a 21 empresas, señaló: «Hay socios que se han incluido y están afectados por la decisión de Agroindustria. Por el momento, no hemos recibido ningún tipo de objeción o protesta«.

Proceso de verificación

En cuanto a las DJVE que todavía no se analizaron, el funcionario señaló que en los próximos cuarenta días estarían los resultados. Al ser consultado sobre cuáles fueron los documentos solicitados a las empresas para proceder al análisis de la validación de las DJVE, respondió, entre otros: «Contrato de venta al exterior; en cuanto a la tenencia o adquisición de mercadería, el comprobante de esa existencia; se piden los contratos de compra, ya sea de mercado disponible, forward o de futuro, y después, en los casos que hay producción de subproductos como puede ser harina de soja o aceite de girasol, se toman en cuenta los rindes que declaran normalmente las empresas a la Secretaría de Gobierno».

Por último, Silveyra aclaró: «Esto forma parte de un proceso de transparencia del Gobierno. Se dijeron muchas cosas sobre este tema y la realidad es que estamos actuando como marca la Ley y defendiendo los intereses del país».

Fuente: infobae

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