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Devolución de retenciones de IVA: piden al gobierno que salde la deuda con empresas agrícolas para evitar que caigan en la “trituradora bancaria”


La mayor parte de las empresas agrícolas que realizaron ventas de granos en octubre y noviembre del año pasado aún no recibieron por parte de la Afip las devoluciones correspondientes a retenciones de IVA. “Recién el lunes de esta semana apareció en el SISA (Sistema Información Simplificado Agrícola) el reconocimiento de los pagos de octubre…


La mayor parte de las empresas agrícolas que realizaron ventas de granos en octubre y noviembre del año pasado aún no recibieron por parte de la Afip las devoluciones correspondientes a retenciones de IVA.

“Recién el lunes de esta semana apareció en el SISA (Sistema Información Simplificado Agrícola) el reconocimiento de los pagos de octubre y noviembre, correspondientes al anterior Registro Fiscal de Operadores de Granos (RFOG)”, explicó la consultora contable y financiera Cecilia Vignau.

“Las empresas agrícolas necesitan disponer de esos recursos para cumplir compromisos con empleados, proveedores e incluso con el propio Estado, dado que tienen que pagarse los anticipos de impuesto a las Ganancias”, añadió.

Vignau remarcó que la deuda que el Estado mantiene con las empresas agrícolas es muy perjudicial en el actual contexto financiero. “Las tasas de descubierto bancarias son del 115% (anual)”, recordó.

La Afip también adeuda las devoluciones de retenciones de IVA del pasado mes de diciembre –la primera correspondiente al nuevo régimen del SISA– que deberían haberse cobrado la semana pasada (que están conformadas mayoritariamente por ventas de trigo y cebada).

“Es comprensible un atraso de una semana en un nuevo sistema que está en plena implementación, pero las empresas, muchas urgidas financieramente, deberían haber recibido ya las devoluciones correspondientes a octubre y noviembre”, apuntó la consultora.

En el régimen anterior –vigente hasta noviembre de 2018– los compradores de cereales y oleaginosas debían retener a los productores y acopios inscriptos en el RFOG el 8% de IVA con una devolución del 7% en un plazo máximo de 60 días de emitida la Liquidación Primaria de Granos, mientras que el 1% quedaba a cuenta del pago del Impuesto a las Ganancias.

Con el SISA –vigente desde diciembre– se retiene un 5% del IVA con una devolución también del 5% en un plazo de 45 días en el caso de las empresas categorizadas en el “Estado 1”, mientras que a las del “Estado 2” se les retiene el 7% del IVA con una devolución del 6% a los 45 días y a las del “Estado 3” les corresponde una retención completa del 8% del IVA. En lo que respecta al impuesto a las Ganancias, los operadores categorizados en el “Estado 1” no sufren retenciones, mientras que en el “Estado 2” la misma es del 2% y en el “Estado 3” del 15%.

Para los productores de arroz, en el “Estado 1” la retención de IVA es del 10% también con devolución total, mientras que en el “Estado 2” se aplica un 14% con devolución del 12%. Y en el “Estado 3” la retención de IVA es del 16%.

En el “Estado 1” se incluye a aquellos contribuyentes que no hayan presentado incumplimientos formales en los últimos 24 meses seguidos, mientras el “Estado 2” es para aquellos que hayan tenido algunos incumplimientos en ese período. En cuanto al “Estado 3”, el mismo le corresponde a las personas o empresas que no cumplieron con la presentación de declaraciones juradas o presentaciones de regímenes de información en los plazos previstos o bien que cuentan con requerimientos vencidos y/o pendientes de cumplimiento, procesos judiciales y quiebras decretadas, entre otros factores.

El SISA unificó en una sola plataforma al RFOG, Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE), Registro Nacional Sanitario (Renspa) y Registro de Usuario de Semilla (RUS).

Fuente: valor soja

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