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Entre Ríos y Salta con Emergencia Agropecuaria


Conforme a la recomendación emitida por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA) esta semana, el ministro de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, firmó la normativa que dispone el estado de emergencia y/o desastre para las provincias de Entre Ríos y Salta. Desde el Ministerio indicaron que «el estado de emergencia y/ o desastre…


Conforme a la recomendación emitida por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA) esta semana, el ministro de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, firmó la normativa que dispone el estado de emergencia y/o desastre para las provincias de Entre Ríos y Salta.

Desde el Ministerio indicaron que «el estado de emergencia y/ o desastre agropecuario en todo el territorio provincial se efectivizará esta semana cuando se plasme en el Boletín Oficial, como consecuencia de la intensa sequía que afecta a las producciones agrícolas, lecheras, ganaderas, citrícolas, frutícolas, hortícolas, forestales y apícolas. Será por un plazo de 12 meses, contados desde el 1 de marzo de 2018», para ambos distritos.

La declaración por parte del Ministerio de Agroindustria se da una semana después de la recomendación de la CNEyDA, lo que muestra la voluntad del Gobierno nacional de buscar soluciones y contribuir de la manera más rápida con los productores que están atravesando por esta situación.

El ministro de Agroindustria señaló «ntendemos la difícil situación que está atravesando el productor y por eso, nuestro compromiso es poner a disposición todas las herramientas disponibles para que sepan que el Estado Nacional no los va a dejar solos», y por eso, a partir de esto «se puede acceder a una serie de beneficios dispuestos por la Ley de Emergencia que permita mitigar el efecto de la sequía», remarcó Etchevehere.

El Ministro ayer recorrió zonas de Córdoba, que también declarará la emergencia provincial en los próximos días. Se espera que Santa Fe y Buenos Aires adopten la misma medida.

Algunos beneficios

-Diferimiento del vencimiento general de las obligaciones impositivas de pago de las DDJJ y/o anticipos del impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales, a la Ganancia Mínima Presunta y el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.
-Suspensión del término corrido de prescripción y caducidad de instancia.
-Deducción del impuesto a las Ganancias por venta forzosa de hacienda y Plan de Facilidades Permanente para contribuyentes alcanzados por la emergencia y/o desastre agropecuario en aportes de la seguridad social y en contribuciones patronales e IVA.
-Beneficios bancarios a través del Banco de la Nación como la espera de vencimientos desde la declaración de emergencia hasta la finalización del ciclo productivo, entre otras medidas.

Fuente: Diario Castellanos

 

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