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Se oficializó la creación del Programa de Fomento de la Bioeconomía


En el día de hoy, a través de la Resolución 190-E/2017 del Ministerio de Agroindustria, se estableció la creación del Programa de Fomento de la Bioeconomía. De acuerdo a la norma, se considera Bioeconomía al conjunto de actividades económicas que utilizan recursos, procesos y principios biológicos para la producción sostenible de todo tipo de bienes…


En el día de hoy, a través de la Resolución 190-E/2017 del Ministerio de Agroindustria, se estableció la creación del Programa de Fomento de la Bioeconomía.

De acuerdo a la norma, se considera Bioeconomía al conjunto de actividades económicas que utilizan recursos, procesos y principios biológicos para la producción sostenible de todo tipo de bienes y servicios.

El objetivo del Programa será fomentar el desarrollo de la bioeconomía como estrategia para la agregación de valor, una mayor eficiencia en el uso de los recursos y el desarrollo territorial en forma sustentable y sostenible.

La ejecución del mismo involucrará las siguientes acciones:

a) Establecer políticas para el desarrollo de la bioeconomía que incluya líneas de acción, instrumentos de promoción y mecanismos institucionales de interacción con otras áreas del gobierno.

b) Impulsar acciones de apoyo para el desarrollo competitivo a productores agropecuarios y a la agroindustria en general, para la producción y uso de biomasa, (bioinsumos, biomateriales, bioproductos), por intermedio de asociaciones de productores agropecuarios, cooperativas agropecuarias, organizaciones no gubernamentales, ministerios de agricultura provinciales o sus equivalentes, municipalidades y todo organismo e Institución vinculado con la agroindustria.

c) Relevar y capacitar a los productores en la utilización de la biomasa y sus derivados y en la incorporación de conocimientos sobre bioeconomía, biomasa, bioinsumos, biomateriales, bioproductos y la intención de continuar con su producción y/o uso por parte de los productores que deseen incorporarse al PROGRAMA.

d) Comunicación y difusión de las acciones que se lleven a cabo en el marco de la presente medida.

e) Otras acciones que determine la citada Subsecretaría, a los fines del Artículo 3° de la presente medida.

La Subsecretaría de Bioundustria será la responsable de elevar una propuesta de reglamentación, y dictará las normas interpretativas y complementarias que resulten menester para mejorar la ejecución del Programa.

Índices Ver más
Cabezas: 605
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Categoría Mín Máx
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Tipo Compra Venta
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