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Argentina oficializó los atributos Vegano y Vegetariano


Mediante la Resolución Conjunta N° 5/2022 de la Secretaría de Calidad en Salud y de la entonces Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional se incorporó al Código Alimentario Argentino (CAA), el artículo 229 que establece los requisitos para identificar a los productos con leyendas dirigidas a consumidores veganos, vegetarianos o flexitarianos.


Con esta nueva actualización, nuestro país se convierte en el primer país latinoamericano en incluir los atributos “Vegano” y “Vegetariano” en su normativa, la cual brinda a los elaboradores herramientas para identificar sus productos con diversas leyendas.

Dicha normativa tiene por objeto promover la competitividad, la generación de valor agregado, la diferenciación y la calidad de los alimentos, así como brindar información clara y veraz para toda la población. En este contexto, se conoce que la población que opta por una alimentación basada en alimentos que no contengan ingredientes de origen animal, busca información en los rótulos de los productos acerca de su verdadera naturaleza, composición e identidad.

Cabe destacar que el proyecto de resolución en la instancia de consulta pública recibió una importante cantidad de sugerencias, observaciones y notas de apoyo a la iniciativa por parte de cámaras de productores de alimentos, empresas de alimentos, asociaciones de veganos/vegetarianos y personas físicas, entre otros. Esta instancia fue un punto clave para contemplar observaciones fundamentales para la implementación de la normativa.

Que dice la nueva normativa

En la resolución mencionada se establecen las condiciones de uso para las siguientes leyendas:

1-“PRODUCTO VEGETARIANO” o “ALIMENTO VEGETARIANO”, para los productos que no contengan ingredientes de origen animal y/o sus derivados (incluidos los aditivos y coadyuvantes), excepto los siguientes ingredientes y/o sus componentes o derivados: leche, productos lácteos; huevos y ovoproductos obtenidos de animales vivos; miel o productos derivados apícolas.

2-«SOLO CON INGREDIENTES DE ORIGEN VEGETAL”, “100% VEGETAL”, “HECHO A BASE DE PLANTAS”, para los productos que no contengan ingredientes de origen animal y/o sus derivados (incluidos los aditivos y coadyuvantes).

En ambos casos (1 y 2) las leyendas se podrán consignar en los rótulos de los productos, siempre y cuando los elaboradores e importadores acrediten ante la Autoridad Sanitaria competente en el marco de la autorización del producto tal condición.

Ahora bien, para utilizar en los rótulos de los productos las leyendas: “PRODUCTO VEGANO” o “ALIMENTO VEGANO”, éstos no deben contener ingredientes de origen animal y/o sus derivados (incluidos los aditivos y coadyuvantes), y los elaboradores e importadores deben acreditar ante los organismos nacionales competentes que sus procesos y sistema de gestión garantizan el cumplimiento de lo descripto anteriormente, los cuales, asimismo, podrán ser verificados por entidad con reconocimiento oficial.

En este caso, las solicitudes deberán presentarse ante una Comisión Evaluadora conformada por representantes de la Dirección de Agregado de Valor y Gestión de Calidad dependiente de la Subsecretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y representantes del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), dependiente de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

Para las entidades u organismos certificadores se prevé establecer un sistema de reconocimiento para el uso del atributo vegano, esto implica que las entidades deban cumplir con ciertos requisitos para su reconocimiento por parte de las autoridades nacionales competentes.

Asimismo, la normativa establece que no se podrá hacer uso de denominaciones reglamentarias de alimentos de origen animal, con identidad definida en el CAA, ni tampoco se podrán utilizar términos que hagan alusión a los mismos. No obstante, sí se permitirá emplearlos para referirse a conferir aroma y/o sabor.

A su turno, se menciona que en el marco de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) se creó un grupo ad hoc de vegano/vegetariano con el objetivo de desarrollar una propuesta de criterios y recomendaciones para que las Autoridades Sanitarias jurisdiccionales tengan en cuenta al momento de evaluar los términos/denominaciones a ser utilizados en cada caso.

Queda claro que el avance de la normativa representa un importante progreso para una identificación más clara de los productos compuestos por ingredientes de origen vegetal, permite a su vez la caracterización de nuevos nichos de mercados de producto y promueve el acompañamiento de innovadores desarrollos de producto.

Por su parte, en el mercado global y en nuestro país, el grado de exigencia de los consumidores respecto de la naturaleza de los productos alimenticios y el origen de los ingredientes que los componen, se ha elevado y diversificado considerablemente.

Como consecuencia, el sector regulado deberá indagar nuevas y diversas estrategias que permitan cubrir esta demanda, representando un gran desafío en el desarrollo nuevos productos o en la transformación o reformulación de los ya existentes.

En definitiva, si bien estas regulaciones constituyen un avance significativo para el acompañamiento del sector, a su vez representan el puntapié hacia el planteo de nuevos desafíos en cuanto a la necesidad de caracterización de nuevos tipos de productos, nuevos ingredientes, nuevas fuentes de proteínas, así como también el avance de nuevas tecnologías.

Algunos datos que ayudan a entender

La Unión Vegetariana Internacional estableció, en su último estudio del año 2017, que hay más de 600.000.000 de vegetarianos en el mundo, asegurando que el vegetarianismo mostró un incremento en los Estados Unidos, por el orden del 500%, desde el año 2014 hasta la actualidad.

Un reciente estudio de la Unión Europea (UE) dirigido por ProVeg International reveló que casi el 40% de los consumidores de la Unión Europea se identifican ahora como vegetarianos, flexitarios o veganos.

Por otro lado, el 12% de la población argentina es vegana y vegetariana según los resultados publicados por Kantar-Insights División- para la Unión Vegetariana Argentina (UVA) en el año 2020. Asimismo, otro 12% se reconoce como flexitariano

Un sector en franco crecimiento

Según datos de un informe de Bloomberg Intelligence (BI), el mercado de los alimentos de origen vegetal podría representar hasta el 7,7 % del mercado mundial de las proteínas en 2030, con un valor de más de 162.000 millones de dólares, frente a los 29.400 millones de dólares del 2020.

Según la Asociación de Productores de Alimentos a Base de Plantas Argentina (ABP) que nuclea alrededor de 130 elaboradores nacionales, refiere que el mercado de productos ABP está en constante crecimiento con un volumen de mercado de productos superior a los $110.000 millones. Se estima que estas empresas, generan 12.0000 empleos directos y otros 18.000 empleos indirectos. Y su capacidad productiva alcanzó un promedio de 72% de su capacidad instalada, y estiman que para el 2023 y 2024 tendrán inversiones superiores a $7.000 millones. Asimismo, actualmente algunas empresas están exportando sus productos (producto terminado y como insumos para fabricarlos) a los siguientes destinos: Latinoamérica, Europa, Medio Oriente y Japón.

Por su parte datos obtenidos de la Base de Datos Global de Nuevos Productos de Mintel (Mintel GNPD – Global New Products Database), en Argentina la categoría de panadería representa el 23,3% de los productos veganos lanzados. A su vez, se relevaron los siguientes datos según categorías: Sustitutos de la carne (10.20%), pastas (7.40%), snacks/cereales/barras de cereal (7.40%), galletas dulces/galletas (7.1%), bebidas a base de plantas o dairly alternatives (6.30%), pan y productos de panadería (6%), galletas y crackers (5.40%), ingredientes y mezclas para hornear (4%), productos a base de arroz (4%), condimentos/aderezos (2.60%)7

Fuente: Revista Alimentos Argentinos https://alimentosargentinos.magyp.gob.ar/

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