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Se oficializó la continuidad del dólar soja: los detalles de la medida


El Ministerio de Economía publicó el decreto que extiende el tipo de cambio diferencial para la exportación de soja y derivados; vence el 20 de octubre El Gobierno publicó el Decreto 492/2023 con la extensión del Programa Incremento Exportador. La medida regirá hasta el 20 de octubre, último día hábil antes de las elecciones generales.…


El Ministerio de Economía publicó el decreto que extiende el tipo de cambio diferencial para la exportación de soja y derivados; vence el 20 de octubre

El Gobierno publicó el Decreto 492/2023 con la extensión del Programa Incremento Exportador. La medida regirá hasta el 20 de octubre, último día hábil antes de las elecciones generales.

La normativa establece la ampliación del tipo de cambio diferencial, tal como estuvo vigente hasta el viernes. El mismo alcanza a aquellos sujetos que hayan exportado, en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto.

Dólar soja

Además, establece que la liquidación de dólares consistirá en un 75 % del contravalor de la exportación de las mercaderías indicadas deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios. El 25 % restante se negociará con operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.

Hasta el viernes, el programa dejó un movimiento de 4,5 millones de toneladas, según la Bolsa de Comercio de Rosario. Por otra parte, la entidad estimó que restan 3,9 millones de toneladas de soja de la campaña 2022/23.

El decreto señala que las divisas se liquidarán y las operaciones se registrarán antes del 20 de octubre. Se incluye a los supuestos de prefinanciación o postfinanciación de exportaciones al exterior o un anticipo de liquidación.

“Los derechos de exportación deberán abonarse tomando como base imponible el monto que surja de las divisas ingresadas y negociadas de conformidad con lo indicado en el decreto”, sostiene la normativa.

Por último, el decreto dispuso que el Banco Central instrumentará los mecanismos necesarios para que el resultado de toda liquidación de divisas sea a opción del exportador: acreditado en una cuenta especial cuya retribución se determine en función de la evolución del tipo de cambio o aplicado a la suscripción directa de Letras Internas ajustadas a la evolución del tipo de cambio.

Según las estimaciones, la medida podrá comercializar como máximo 3,9 millones de toneladas. Hasta el viernes, el programa exportador dejó los siguientes números: 34.245 toneladas en Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) con opción a 360 días. “Del total anotado, la mayoría corresponde a poroto de soja con 792.604 toneladas, seguido por subproductos con 133.754 toneladas, aceite con 7744 toneladas y soja desactivada con 142 toneladas”, señaló la BCR.

Índices Ver más
Cabezas: 7.985
INMAG: 1.842,57
IGMAG: 1.490,07
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26/04/2024 Llama Creativa
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26/04/2024 Llama Creativa
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